El Ayuntamiento incrementa hasta los 100.000 euros las ayudas del Bono Taxi para que lleguen a más beneficiarios

La Junta de Gobierno aprueba la convocatoria de 2023 para facilitar los desplazamientos en taxi a personas gravemente afectadas en su movilidad y con problemas severos para utilizar los transportes públicos colectivos

El Ayuntamiento de Murcia incrementa hasta los 100.000 euros las ayudas del Bono Taxi para que lleguen a más beneficiarios. Así aparece reflejado en la convocatoria de este año 2023. La medida parte de la Concejalía de Mujer, Políticas de Conciliación, Mayores y Discapacidad, que dirige la edil Ascensión Carreño.

El objetivo marcado por el actual Equipo de Gobierno es facilitar los desplazamientos en taxi a personas gravemente afectadas en su movilidad y con problemas severos para utilizar los transportes públicos colectivos.

De igual manera, la Concejalía busca fomentar la inclusión social de los usuarios que presentan dificultades para desplazarse. El incremento aprobado para la próxima convocatoria es de 8.000 euros, ya que la subvención municipal en el ejercicio 2022 fue de 92.000 euros.

Esta alza permitirá aumentar los 203 beneficiarios que hubo en la última convocatoria. Además, la línea de subvenciones aprobada hoy por la Junta de Gobierno recoge un importe máximo de 600 euros por beneficiario, pero no establece ningún mínimo, por lo que podrán acogerse todos los solicitantes que cumplan los requisitos solicitados.

Esta actuación entronca con el plan social del Equipo de Gobierno, que tiene como misión favorecer la integración, cohesión y vertebración de todos los habitantes de Murcia y velar porque todos los ciudadanos cuenten con un nivel de vida óptimo y tengan a su alcance las mismas oportunidades.

Los beneficiarios deben estar empadronados en el municipio de Murcia durante un período mínimo de seis meses consecutivos, previo a la publicación de la presente convocatoria.

Asimismo, deben tener reconocida, por el organismo competente, la condición legal de Discapacidad y que esta le impida utilizar los transportes públicos colectivos, según el baremo vigente de acuerdo al Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.

De igual manera, la renta per cápita de la unidad de convivencia no puede superar el límite de ingresos anuales, atendiendo al número de personas computables que la compongan. Así, si existe una persona computable, los ingresos no pueden exceder el 245% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples); y si existen dos o más personas computables, los ingresos deben quedar por debajo del 213% del IPREM. 

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