El nuevo convenio con el IMAS recogerá 376.800 horas de atención para personas dependientes con el Servicio de Ayuda a Domicilio

El acuerdo entrará en vigor el 1 de abril y permanecerá vigente hasta el 31 de marzo de 2023, con un presupuesto de 5,2 millones

La Junta de Gobierno Local ha dado el visto en su reunión mantenida hoy al convenio de colaboración entre la Concejalía de Derechos Sociales y Familia del Ayuntamiento de Murcia y el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) que permitirá mejorar la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio a Personas Dependientes.

Este acuerdo renueva otro anterior que suscribieron ambas administraciones en junio de 2020. El nuevo convenio entrará en vigor el 1 de abril y permanecerá vigente hasta el 31 de marzo de 2023, con una dotación económica de 5,2 millones.

El convenio recoge 376.800 horas de prestación del servicio. Los beneficiarios deberán tener reconocida una situación de dependencia en grado protegible. En la actualidad este servicio atiende a 3.200 usuarios.

La colaboración entre el Ayuntamiento y el Gobierno regional mejorará los cuidados que reciben en sus hogares los usuarios que tienen reconocido algún grado de dependencia.

Apoyo para las actividades diarias

El objeto del convenio aprobado por la Junta de Gobierno es dar cobertura a aquellas personas que necesitan apoyo para desarrollar las actividades esenciales de la vida diaria. El principal objetivo del Servicio de Ayuda a Domicilio a Personas Dependientes es que los usuarios obtengan el mayor grado posible de autonomía personal.

Los técnicos asisten a los usuarios en actividades relacionadas con la limpieza, el aseo personal y la cocina. También favorecen el movimiento y cambio de postura de los dependientes. Con ello, buscan posibilitar que los pacientes permanezcan en sus domicilios el mayor tiempo posible, manteniéndose en contacto directo con sus familiares.

Entre las 7.00 y las 11.00 horas

La realización de las actividades de apoyo a las personas dependientes que tengan que ver con las tareas de aseo personal, la ayuda a la movilidad y el apoyo para levantarse se desarrollarán, con carácter general, en horario de mañana, entre las 7.00 y las 11.00 horas.

Por su parte, los trabajos de apoyo para acostarse y el desarrollo de ejercicios de movilidad vespertinos se realizarán, de forma preferente, a partir de las 18.00 horas.

Sábados por la tarde, domingos y festivos

En aquellos casos en los que resulte pertinente la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio las tardes de los sábados, los domingos y el resto de jornadas festivas los técnicos acudirán al domicilio de la persona dependiente para cubrir sus tareas personales.

La prestación del servicio durante estas jornadas se reservará de forma exclusiva para personas que tengan reconocido un grado 2 o 3 de dependencia y que no dispongan de ninguna posibilidad de recibir ayuda o apoyo por parte de un familiar o persona cercana que les pueda asistir.

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